Consiste en brindarle la afiliación a la Obra Social, al cónyuge de la persona afiliada como titular.
El trámite lo realizará la persona titular de la afiliación o la persona apoderada, siendo de otorgamiento inmediato.
En todos los casos de afiliaciones de familiares a cargo, la persona a incluir no puede acceder por sí mismo a la cobertura de Obra Social en el orden Nacional, Provincial o Municipal o ser titular de una pensión no contributiva.
Podés realizar este trámite en tu agencia. Recordá sacar turno online para una mejor atención.
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