Afiliación Cónyuge (Esposo/a)

Consiste en brindarle la afiliación a la Obra Social, al cónyuge de la persona afiliada como titular.



¿QUIÉN PUEDE REALIZAR EL TRÁMITE?


El trámite lo realizará la persona titular de la afiliación o la persona apoderada, siendo de otorgamiento inmediato.



¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE NECESITA?


  • Documento Nacional de Identidad con el domicilio actualizado de la persona afiliada como titular.
  • Último recibo de cobro de la persona titular.
  • Documento Nacional de Identidad, con fecha vigente y con domicilio actualizado del cónyuge. Las personas mayores de 75 años y las personas discapacitadas declaradas judicialmente, quedan exceptuadas. Podrán acreditar identidad y domicilio con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica.          
  • Acta de Matrimonio actualizada (un año).
    En los casos de los matrimonios celebrados en el exterior la documentación deberá estar legalizada y traducida por traductor público nacional, excepto que en la misma conste el sello de la Convención de la Haya. Esta condición no se requerirá para los/as beneficiarios/as del Convenio Italo-Argentino.
  • Constancia de CUIT/CUIL
  • Constancia negativa de la obra social provincial.
  • Formulario Familiar no Conviviente  Solo si fuese necesario.

No podrán afiliarse a este Instituto los familiares, convivientes o no, cuando sean titulares de un beneficio previsional y puedan acceder por sí mismos a cualquier obra social Nacional, Provincial  o Municipal o ser titulares de una pensión no contributiva.



¿DÓNDE PUEDO REALIZAR ESTE TRÁMITE?


Podés realizar este trámite en tu agencia. Recordá sacar turno online para una mejor atención.

 



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