Afiliación de Hijas/os con discapacidad, del titular o cónyuge

Este tipo de afiliaciones es para los hijos de la persona titular o cónyuge con discapacidad. Se puede otorgar en cualquier momento.



¿QUIÉN PUEDE REALIZAR EL TRÁMITE?


El trámite lo puede realizar la persona titular o quien tenga como apoderado/a.



¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE NECESITA?


  • Documento Nacional deI Identidad con domicilio actualizado de la persona titular.
  • Documento Nacional de Identidad, con fecha vigente y con domicilio actualizado del hijo a afiliar. Las personas mayores de 75 años y las personas discapacitadas declaradas judicialmente, quedan exceptuadas; también podrán acreditar identidad y domicilio con Documento Nacional de Identidad libreta, Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica.         
  • Último recibo de cobro de la persona titular
  • Partida de nacimiento.
  • Certificado único de discapacidad (Oficial)
  • Acta de matrimonio actualizada (1 año) en el caso de hijo del cónyuge.
  • Constancia de CUIT/CUIL.
  • Constancia negativa de obra social provincial.
  • Formulario Familiar no Conviviente  Solo si fuese necesario.

 

Estas afiliaciones no llevan vencimiento, excepto por dos casos:

  • Que el Departamento Asesor Científico Pericial lo establezca en su dictamen. En cuyo caso, se deberá cargar la fecha de vencimiento que indique el dictamen.
  • En el caso en que la persona este tramitando una pensión no contributiva y que la misma no haya sido otorgada al momento de la filiación. Dicha filiación se deberá cargar con vencimiento a un año.

No podrán afiliarse a este Instituto los familiares, convivientes o no, cuando sean titulares de un beneficio previsional y puedan acceder por sí mismos a cualquier obra social Nacional, Provincial  o Municipal o ser titulares de una pensión no contributiva.



¿DÓNDE PUEDO REALIZAR ESTE TRÁMITE?


Podés realizar este trámite en tu agencia. Recordá sacar turno online para una mejor atención.

 



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